REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de abril de dos mil cuatro
193º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2003-005759


Rect.Part.
C.F.

La ciudadana ELSA MIREYA MORENO DE FRANCO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 4.182.162, asistida por el abogado SIMON BRAVO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 62.965, solicitó la rectificación del Acta de Defunción de su esposo, la cual se encuentra asentada ante la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el No. 77, folio 39 vto, de fecha 14/02/2001, en el sentido de que erróneamente fue asentado el nombre de la esposa como MIREYA MORENO DE FRANCO, siendo lo correcto ELSA MIREYA MORENO DE FRANCO. Acompañó copia certificada del acta de defunción. Admitida la solicitud en fecha 12/02/2004, se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara y se consignara acta de matrimonio de la solicitante. Se notificó a la Fiscal del Ministerio Público Dra. INGRID GOMEZ (f. 5). En fecha 17/03/2004 fue consignada la copia certificada del acta de matrimonio. Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Del acta de defunción y acta de matrimonio cursante a los folios 2 y 6 del expediente, se evidencia el error señalado por la solicitante por lo que se estima procedente la presente Rectificación de Acta de Defunción y así se declara.
Por los razones anteriormente expuesta, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Defunción, efectuada por ELSA MIREYA MORENO DE FRANCO, y en consecuencia ordena al Jefe Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, se sirvan estampar nota marginal en el acta de defunción No. 77, folio 39 vto, Año 2001, en el sentido que el nombre de la esposa es ELSA MIREYA MORENO DE FRANCO. Expídase copia certificada de sentencia y remítase con oficio a los organismos respectivos.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los trece días del mes de abril de dos mil cuatro. AÑOS: 193 y 145. *men*
La Juez


Tamar Granados Izarra
La Secretaria Acc.


María Fernanda Alviárez Rojas
Seguidamente se publicó y se dejó copia.
La Sec. Acc.