REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco de abril de dos mil cuatro
193º y 145º
ASUNTO : KP02-Z-2004-001034
Vistas el presente acuerdo emanado de la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público suscrita por los ciudadanos ULISEL JESUS VALERA y MARIBEL NAVEA SEQUERA, titulares de la Cédula de Identidad Nos. 7.329.634 y 7.438.898, respectivamente, en beneficio de de su hijo identificación omitida dando cumplimiento al artículo 65 de la LOPNA; este Tribunal le da entrada en los libros respectivos de este despacho y lo admite en cuanto ha lugar a derecho por no ser contrario al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, estableciendo dicho acuerdo las visitas de la siguiente manera:
PRIMERO: El padre compartirá con su hijo un fin de semana cada 15 días, buscándolo al viernes a las 2:30 p.m. y lo regresará al domingo a las 6:00 p.m.
SEGUNDO: La vacaciones de carnaval, y semana santa, serán alternadas entre los padres.
TERCERO: Las vacaciones escolares serán compartidas previo acuerdo entre los padres.
CUARTO: Los días festivos de 24 y 31 serán alternados una fecha con cada padre.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el acuerdo suscrito entre los ciudadanos ULISEL JESUS VALERA y MARIBEL NAVEA SEQUERA, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de los beneficiarios.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los cinco días del mes de Abril de dos mil cuatro. Años: 193° y 145°.

La Juez de Juicio Nro. 2


Abog. Erlinda Oropeza Torres.


El Secretario.



EOT/carlos.