REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

oidas las partes este tribunal administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley decreta Medida Cautelar prevista en el art. 582 ordinales b, c y f de la LOPNA. Se acuerda Procedimiento Ordinario y la libertad del adolescente pero como no esta el representante se acuerda su permanencia el Centro Socio-Educativo Dr. Pablo H. Campins. En cuanto a la acumulación solicitada por la fiscal, se ordena oficiar a la F-18 M.P. solicitando el envio de las actuaciones del asunto S-03-7796. Es todo.