Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 6 de Abril de 2004
193º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-O-2004-000163

| Vista la solicitud de Habeas Corpus interpuesta por el Ciudadano Noel Oropeza Salcedo, titular de la cédula de identidad N° 13.264.115, debidamente asistido por el Abg. Omar Mogollón en el que solicita se expida MANDAMIENTO DE HABEAS CORPUS a su favor, quien para la fecha de 03-04-04, se encontraba detenido encuentra detenido en la Comandancia de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, a la orden de la Gobernación del Estado Lara, por lo que se acordó ABRIR LA CORRESPONDIENTE AVERIGUACION SUMARIA, y solicitar al Comandante de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, este Tribunal a los fines de decidir observa:
PRIMERO: Se inicio el presente recurso mediante escrito presentado por el Ciudadano Noel Alberto Oropeza Salcedo, en el que solicita se expida MANDAMIENTO DE HABEAS CORPUS, del supra mencionado ciudadano manifestando que el prenombrado ciudadano se encuentra detenido en la Comandancia de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, desde el día 01 de Abril del presente año.
SEGUNDO: En fecha 04-04-04, fue admitido el Recurso de Habeas Corpus, ordenándose aperturar la investigación sumaria conforme lo establece el Artículo 41 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ordenándose oficiar a la Comandancia de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, a los fines de que informara sobre los motivos de la privación de libertad del mencionado ciudadano.
TERCERO: En fecha de hoy 06-04-04 esta juzgadora, realizó llamada al la Unidad de Control de Detenidos donde recibe información de parte del funcionario Cabo Primero Ismael Silva informa que el ciudadano Noel Alberto Oropeza Salcedo, titular de la cédula de identidad N° 13.264.115, fue puesto en libertad.

En consecuencia, este Tribunal estima procedente Declara Sin Lugar el MANDAMIENTO DE HABEAS CORPUS a favor del ciudadano supra mencionado, por cuanto consta en autos que el mimo esta en libertad.
DISPOSITIVA

Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control No. 7 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley Declara Inadmisible el Recurso de Habeas Corpus intentado por el Ciudadano Noel Alberto Oropeza Salcedo, titular de la cédula de Identidad No.13.264.115. Notifíquese de la Decisión al Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Publico del Estado Lara y al Accionante, asimismo remítase el presente asunto a la Corte de Apelaciones de este circuito Judicial Penal a los fines legales consiguientes. Se Registra y Pública. Cúmplase.

La Juez de Control N° 7
La Secretaria
Abog. Perla Rondón