Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 6 de Abril de 2004
193º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-O-2004-000157

Vista la solicitud de Habeas Corpus interpuesta por el Ciudadano Defensor del Pueblo Abg. Domingo Montes de Oca en el que solicita se expida MANDAMIENTO DE HABEAS CORPUS a favor del ciudadano José Luis Mújica, titular de la cédula de Identidad No. No consta en actas, quien se encuentra detenido en la Comandancia de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, a la orden de la Gobernación del Estado Lara, por lo que se acordó ABRIR LA CORRESPONDIENTE AVERIGUACION SUMARIA, y solicitar al Comandante de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, este Tribunal a los fines de decidir observa:
PRIMERO: Se inicio el presente recurso mediante escrito presentado por el Ciudadano Defensor del Pueblo Abg. Domingo Montes de Oca en el que solicita se expida MANDAMIENTO DE HABEAS CORPUS, del supra mencionado José Luis Mújica, manifestando que el prenombrado ciudadano se encuentra detenido en la Comandancia de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, desde el día 25 de Marzo del presente año.
SEGUNDO: En fecha 02-04-04, fue admitido el Recurso de Habeas Corpus, ordenándose aperturar la investigación sumaria conforme lo establece el Artículo 41 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ordenándose oficiar a la Comandancia de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, a los fines de que informara sobre los motivos de la privación de libertad del mencionado ciudadano.
TERCERO: En fecha 03-04-04 se recibió Oficio CD/ No. S/N, emanado de las Fuerzas Armadas Policiales, Comando, informando que el ciudadano José Luis Mújica, titular de la cédula de Identidad No. No consta en actas, fue puesto en Libertad en fecha 02-04-04.
En consecuencia, este Tribunal estima procedente Declara Sin Lugar el MANDAMIENTO DE HABEAS CORPUS a favor del ciudadano supra mencionado, por cuanto consta en autos que el mimo esta en libertad.
DISPOSITIVA

Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control No. 7 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley Declara Sin Lugar el Recurso de Habeas Corpus intentado por el Ciudadano Defensor del Pueblo Abg. Domingo Montes de Oca, a favor del ciudadano José Luis Mújica, titular de la cédula de Identidad No. No consta en actas. Notifíquese de la Decisión al Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Publico del Estado Lara y al Accionante. Remítase a la Corte de Apelaciones de este Circuito a los fines legales consiguientes. Se Registra y Pública. Cúmplase.

La Juez de Control N° 7
La Secretaria
Abog. Perla Rondón