En el día de hoy, Nueve (9) de Octubre de Dos Mil Tres (2.003), siendo las 9:00 a.m., se hizo presente el abogado, CARLOS E. GONZALEZ, Inpreabogado N° 90.047, Apoderado Judicial de “POLICLINICA CABUDARE, C.A.”, demandada en la presente causa, al igual que la abogado, Crespo Pórteles Isveth, Inpreabogado N° 52.967, Apoderada Judicial del Municipio Palavecino del Estado Lara, en donde el primer prenombrado, expone: “Consigno en este acto y ofrezco como caución, Cheque de Gerencia N° 00023833, Banco Provincial, a favor del Fisco Municipal del Estado Lara, por la cantidad de SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 6.500.000,00), a los fines de que sea suspendida la medida de Embargo Ejecutivo decretada por el Tribunal de la causa, es todo”. En este estado la Parte Actora, expone: “Vista la consignación realizada por la representación legal de la demandada y por cuanto la cantidad ya descrita en bolívares cubre los conceptos demandados mas los intereses moratorios calculados hasta la fecha de hoy, tal como consta en oficio N° G.H.A.M-543-2003, de fecha: 08-10-2003, suscrito por la Licenciada Nieves Franco, Gerente de Hacienda y Administración Municipal, que consigno en este acto original, acepto la suspensión de la ejecución de la medida prevista para el día de hoy, es todo”. En este estado este Juzgado Ejecutor de Medidas, SUSPENDE la ejecución del Embargo Ejecutivo, así como también deja constancia de que los datos del cheque recibido en este acto son los siguientes: Cheque de Gerencia N° 00023833, girado contra el Banco Provincial, de fecha: 08-10-2003, a favor del FISCO MUNICIPAL DE PALAVECINO, por la cantidad de SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 6.500.000,00). Es todo, se leyó y conformes firman.-Fdo- LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL, Abogado Maria de los Ángeles Bermúdez de Hernández (Firma Ilegible).-Fdo- La Parte Actora, Abogado Crespo Pórteles Isveth (Firma Ilegible).-Fdo- Apoderado Judicial de la Demandada, abogado Carlos E. González (Firma Ilegible).-Fdo- La Secretaria Temporal, Técnico Superior Universitario, Yajaira Lopez (Firma Ilegible).