REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 08/10/2003, siendo la oportunidad fijada por el Tribunal, se constituyó el Juez y Secretario en la dirección detallada en el Acta levantada al efecto a solicitud del Apoderado Actor, a fin de cumplir el Embargo Preventivo descrito en acta, siendo atendidos por la Representante legal de la empresa y a fin de evitar la medida, se hace convenio de pago. El Apoderado Judicial de la actora, acepta el convenio de pago y pide al Tribunal regresar a su sede y devolver lo actuado para la homologación. El Tribunal cumplida su misión regresa a su sede siendo las 4:00 pm.Se deja constancia que le medida se efectuó en 2 horas. Se levantó Acta y la firman los intervinientes.-