REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 15/10/2003, siendo la oportunidad fijada se constituyó el Juez y Secretario en la dirección del Acta, a pedido de la Apoderada Actora, para cumplir el Embargo Preventivo descrito en Acta, nos atiende una Ciudadana y se Notifica de la misión del Tribunal. El Juez designa Perito y Depositario. La Apoderada Actora indica bienes, el Perito los valora en 6.530.000 Bs. El Juez los embarga Preventivamente consumando la desposesión jurídica, los deja en posesión del Depositario. Siendo la 1:20 pm se presenta el represente de la demandada asistido de Abogadas para ofrecer pago. La Apoderada Actora lo acepta bajo condiciones y pide se deje lo embargado bajo custodia del Notificado, remitiendo lo actuado al Comitente para su homologación. El Tribunal deja lo embargado en custodia del Notificado y ordena remitir lo actuado al Comitente. Cumplida su misión el Juez regresa a su sede siendo la 1:45 pm. Se levantó Acta y la firman los intervinientes.-