REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL
Barquisimeto, 06 de octubre de 2003
Años: 192º y 143º
Vista la presente causa recibida en Declinatoria de Competencia del Juzgado de Primera Instancia del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, este Tribunal observa que por cuanto se trata de una demanda por Cobro de Prestaciones Sociales contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO PORTUGUESA, se ABOCA al conocimiento de la presente causa. Visto igualmente que el procedimiento a seguir en este tipo de juicio, es el establecido en la Ley del Estatuto de la Función Pública y no el seguido por el Juzgado Laboral, este Tribunal ANULA TODO LO ACTUADO y REPONE LA CAUSA AL ESTADO DE NUEVA ADMISIÓN. Así se decide, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley. El Juez (fdo.) Dr. Horacio González H..- La Secretaria (fdo.) Abog. Lisbeth Vásquez G.- La suscrita Secretaria del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, certifica que la presente copia es un traslado fiel y exacto de su original, se expide por mandato judicial en Barquisimeto a los seis días del mes de octubre de Dos mil Tres. Años: 191º y 142º.
La Secretaria,

Abog. Lisbeth Vásquez González