REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticuatro de octubre de dos mil tres
193º y 144º


ASUNTO : KP02-Z-2003-002631
Vista la diligencia suscrita por la ciudadana Suarez Meribel, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 7.988.805, en la que desiste de la demanda de Alimento que incoa contra el ciudadano Andres Yepez Cordero, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 11.880.430, en beneficio del niño XXXXX Suarez, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad a lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA el desistimiento declarado por la ciudadana Meribel Suarez, y en consecuencia ordena la entrega de los originales que corren insertos en el presente expediente y en su lugar déjense copias certificadas. Téngase el presente auto como una sentencia definitivamente firme.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho N° 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto a los veinticuatro (24) día del mes de octubre del año dos mil tres. Años: 193° y 144°.


La Juez de Juicio N° 3



Abog. Carmen Elvira Moreno Arevalo
La Secretaria



Asunto: KP02-Z-2003-002631
Alimentos.
CEM/ iliana