REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 6 de Octubre de 2003
193º y 144º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-S-2003-008223

Corresponde a este Tribunal de Control No.5, decidir en base a lo solicitado por el Abogado Norma María Cosenza Amarista, en su carácter de Fiscal Quinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, al respecto esta Juzgadora observa:

En fecha 03 de Octubre del presente año el Fiscal Quinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de conformidad con lo establecido en el Artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los Artículos 11, 24 y 108 numerales 1 y 2 ejusdem., solicita a este Tribunal en función de Control, se sirva expedir MANDATO DE CONDUCCIÓN, a los fines de que sea conducido por la fuerza pública por ante esa Fiscalía el ciudadano Carlos Alberto García, Cédula de Identidad no consta, residenciado en reside en el caserío Chorobobo, segunda Entrada, carretera vieja Yaritagua, casa Número 12639, Estado Lara, hace constar que el referido ciudadano no ha comparecido a ese despacho siendo se giró citación N° Lar-05.3.837-03, quien debía comparecer ante este despacho a las 9:00 am. del día 14-08-03, en compañía de su abogado de confianza, a los fines de imponerse del contenido de la causa, citación que fue ratificada posteriormente en fecha 01-09-03, 01-09-03 y 23-09-03, sin que hiciere acto de presencia, por lo que se concluye que el mismo evade las solicitudes de comparecencia que ha ordenado esa representación Fiscal, así mismo el testimonio del prenombrado ciudadano es de suma importancia para la presente investigación.

En base a lo expuesto por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, este Tribunal ORDENA MANDATO DE CONDUCCION para el ciudadano Carlos Alberto García, ampliamente identificado, para lo cual se acuerda Oficiar a la Comandancia de las Fuerzas Armadas Policiales, para que a través del Destacamento Policial que le corresponda se haga efectivo el presente Mandato de Conducción del prenombrado ciudadano ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, el día 13-10-03 a las 8:30 a.m.. Notifíquese a la Fiscalía. Líbrese Oficio a la Comandancia de las Fuerzas Armadas Policiales de esta Ciudad. Cúmplase.

La Juez de Control No.5

Abog. Ramón Aguilar




La Secretaria,