REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARORA.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
TRIBUNAL DE CONTROL Nº 10
EXTENSION CARORA

DISPOSITIVA

En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal de Control N° 10, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA ABRIR JUICIO ORAL Y PÚBLICO al acusado JOSÉ ARGENIS GAITÁN DÁVILA, Titular de la Cédula de Identidad Nº 15.881.463, Natural de Rubio Estado Táchira, de 21 años de edad, de estado civil Casado, profesión u oficio Chofer, residenciado en el Sector El Monumental, calle 109, casa nº 92-950, Valencia Estado Carabobo, nacido el 11-07-1982, a quién se le atribuye la comisión del delito ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, con las agravantes del artículo 6, ordinales 1º, 2º y 3º ejusdem, en perjuicio del Ciudadano CARLOS JOSE GONZALEZ. Se ordena remitir copias certificadas del asunto, a la U.R.D.D., por cuanto en la causa se encuentra incurso otro imputado sobre el cual existe orden de aprehensión, a los fines de su distribución al Tribunal de Juicio. Se advierte a las partes para que concurran ante el Tribunal de Juicio en el plazo común de Cinco (05) días. Quedando las partes debidamente notificadas de la presente decisión.-