Se inició el presente juicio con Libelo de Demanda presentado por el abogado JOSE LUIS DUARTE RODRIGUEZ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.317, actuando como endosatario en procuración de la firma Mercantil SUMINISTROS AGRICOLAS CANARIAS, S.A (SUCASA), representada por el ciudadano GERMAN DE LEON ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° 9.534.085, por ante el Juzgado del Municipio Jiménez de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declinando la competencia a este Juzgado en fecha 20-09-2.004; por motivo de COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMATORIA), contra lo ciudadano ARMANDO JOSE MARIN, titular de la cédula de identidad N° 7.469.541. Siendo Admitida la demanda por este Tribunal en fecha 30-09-2.004, según consta en los folios 6 y 7 y por cuanto hasta la presente fecha, la parte actora no ha consignado las copias del libelo de demanda necesarias para completar la Compulsa y así practicar la intimación del demandado, habiendo transcurrido más de treinta días (30) hábiles de despacho, desde la fecha de la admisión de la demanda 30-09-2.004, sin que la parte demandante haya cumplido con las obligaciones que le impone la Ley para que sea practicada la intimación del demandado, es por lo que este Juzgado del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA del presente proceso, de conformidad con la norma contenida en el Artículo 267 numeral 1, del Código de Procedimiento Civil y ASÍ SE DECIDE. Agréguense al presente expediente la Boleta de Intimación y el exhorto librado en fecha 30-09-2.004. Archivese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del
Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En El Tocuyo, a los Tres (03) días del mes de Junio del año 2.005. Año 195° Independencia y 146° Federación.
El Juez.

Dr. Ramón Alvarez Suárez.
La Secretaria.

Abg. Yosglide Duin León.

En la misma fecha se registró y se publicó la sentencia, se archivó el presente expediente.
La SEC.



Expediente Civil N° 223-04 .
Demandante: ABG. JOSE LUIS DUARTE RODRIGUEZ. (ENDOSATARIO EN PROCURACION DE SUMINISTROS AGRICOLAS CANARIAS S.A)
Demandado: ARMANDO JOSE MARIN.
Motivo: COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMATORIA.

Magalis V.-