REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 19/12/2003, siendo la oportunidad fijada por el Tribunal, se constituyó la Juez y Secretario en la dirección indicada en el Acta. A solicitud del Apoderado Actor, para cumplir el Embargo Preventivo, nos atiende un Ciudadano, y se notificó de la misión del Tribunal. El Apod. Actor señala el crédito que tiene el demandado en la Institución del Estado por la suma de 10.000.000,oo Bs. Y el segundo por: 4.492.687,oo Bs. La Juez pregunta al Notificado si sobre tal crédito existe otro embargo o sesión, este respondió que no. La Juez los Embarga Preventivamente consumando la desposesión jurídica, y ordena a la Institución que cumplidos los tramites para el pago emita Cheque al Tribunal Comitente. El Tribunal cumplida su misión, regresa a su sede siendo las 11:40 am. Se levantó Acta y la firman los intervinientes.