REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres de diciembre de dos mil tres
193º y 144º
ASUNTO : KP02-Z-2003-004162
Visto el acuerdo suscrito por ante la Fiscalía Décimo Séptima del Ministerio Público de este estado, entre los ciudadanos JOSE GREGORIO AMARO y YASMIN YOLEIDA RODRIGUEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 10.776.861 y 15.424.286 y de este domicilio respectivamente, relacionado con la Obligación Alimentaria en beneficio sus hijos MARIELBIS KARINA y YEFERSON JOSE donde llegaron al acuerdo siguiente:

PRIMERO: El padre ofrece pasarle a sus hijos semanalmente un mercado balanceado y entregado directamente a la madre.

SEGUNDO: Los gastos médicos, medicinas, útiles escolares, uniformes, vestidos, gastos de navidad, serán compartidos por ambos padres.

En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, admite y HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanos JOSE GREGORIO AMARO y YASMIN YOLEIDA RODRIGUEZ en los términos ya expresados. Téngase el presente auto como una sentencia definitivamente firme. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, a los tres días del mes de Diciembre del dos mil tres. Años: 193 y 144°.

La Juez de Juicio N° 2


Dra. Erlinda Oropeza Torres


El Secretario.

EOT/carlos.