REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, uno de diciembre de dos mil tres
193º y 144º

ASUNTO : KP02-Z-2003-003990
Visto el escrito presentado por la Fiscal Decimoquinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contentivo de acuerdo celebrado entre los ciudadanos LUIS ENRIQUE RIVERO RODRIGUEZ y JANETH JOSEFINA ROA CARRASCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 11.432.819 y 10.845.129 respectivamente, en beneficio de su hija MARIA ANDREINA RIVERO ROA, de 05 años de edad, de este domicilio la primera en la Calle 6ª entre carreras 05 y 06, N° 5-70 Playa Santa Isabel y el segundo Urbanización El Sisal II, Bloque 14, Edificio 02, Apartamento 04-07, 4to piso de esta ciudad, este Tribunal le da entrada y lo admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, en los términos planteados por los solicitantes donde llegaron al siguiente acuerdo:
UNICO: El padre se compromete a depositar en la cuenta de ahorros N° 028-401165-3 de la Entidad Bancaria Casa Propia, la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES QUINCENALES (Bs. 50.000,oo). De igual manera se compromete a cubrir todos los demás gasto que conciernes en: Medicinas, Educación, Ropa, Calzado y Época Navideña, al ser requeridos y necesitados por su hija.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenimiento y en consecuencia ordena se tenga como sentencia firme.
Líbrense copias certificadas de la presente homologación y entréguense a la parte interesada a los fines legales consiguientes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en Barquisimeto, a los 01 días del mes de Diciembre del 2003 Años 193° de la Independencia y 144° de la Federación
La Juez, N° 1.
La Secretaria,
Dra. María Alvarez Lucena.
MAL/ep.-