REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

Este Tribunal, FUNDAMENTA la decisión en la cual acuerda se lleve el procedimiento por la vía Ordinaria, se decretan las Medidas Cautelares previstas en el Artículo 582 literal "b", someterse a la vigilancia y cuidado de su hermano presente, ciudadano (Identidad Omitida), quien deberá mantenerlo a la disposición del Tribunal en la dirección que él indique. Asímismo, la del literal "c", presentación por ante este Tribunal cada 30 días. Se ordena la libertad del adolescente y la entrega a su hermano. Se ordena enviar las actuaciones a la Fiscalía en su oportunidad. Se libra Libertad y Nota de Entrega por Secretaría.