REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 17 de Diciembre de 2003
Años: 193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2003-000952
En virtud de lo señalado por la defensa en fecha 01-12-03 y 09-12-03, este Tribunal para decidir observa:
PRIMERO: En fecha 26-08-03 la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial REVOCA, la Medida Privativa Judicial, emanada del Tribunal de Control N° 01, a los ciudadanos Luis Antonio Duno, Miguel Ángel Pérez y Richard Antonio Torres. Y en su lugar le impone una medida sustitutiva de libertad, de conformidad con lo señalado en el artículo 250 numeral 8°.-
SEGUNDO: Impone la referida Corte de Apelación que debe presentar dos fiadores los cuales deben cumplir con las siguientes condiciones.
1.- Deben tener los dos (2) fiadores con condiciones económicas.
2.- Presentar constancia de trabajo, carta de buena conducta, carta de residencia .
TERCERO: La defensa solicita se aplique el Efecto Extensivo al ciudadano Miguel Ángel Pérez y Richard Antonio Torres, plenamente identificados en autos.
Ahora bien este Tribunal decide en lo siguientes terminos . Se acuerda otorgar a los imputados Miguel Ángel Pérez y Richard Antonio Torres, una Medida Sustitutiva de Libertad; pero deberán cumplir con lo señalado por la Corte de Apelaciones, todo de conformidad con lo señalado en el artículo 438 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 21 ordinal 1° y 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-
El Juez de Control N° 1
El Secretario
Abog. Antonio José Gutierrez
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